Diario El Pueblo: COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y VERTEDERO
Contenido especial para Diario El Pueblo de Salto
Lunes, 6 de noviembre de 2023
Hace un tiempo atrás, realizamos una serie de artículos en respuesta a la inquietud de varios vecinos de la zona Hipódromo sobre los olores fétidos que originaba los depósitos de los lodos residuales de la Planta de Tratatamientos Residuales de OSE en el predio del vertedero Municipal.
En aquel entonces recabamos mucha información al respecto y además profundizamos en los temas relacionados con los efectos que sobre el Medio Ambiente ocasionan los Residuos Sólidos Urbanos, los Lodos Residuales de la planta, los Efluentes de los frigoríficos y así mismo de la planta procesadora de Cítricos.
En comunicación con el Ministerio, pudimos obtener información respecto de cuales son algunas de las medidas “pensadas” o “proyectadas”, y de las que no se han puesto en práctica ninguna.
Lo más adelantado es un proyecto que se le presentó a la Intendencia sobre vertedero, en el que el P Ejecutivo participaría con 800 mil a 1 millón de dólares y el resto de casi 6 millones serían de parte de la comuna, esto no se ha concretado.
Proyecto que en nuestra opinión es absolutamente insuficiente y que no solucionaría la situación desesperante en la que se encuentra el Vertedero municipal y todo los trastornos que esto conlleva.
Creemos que la situacón demográfica de Salto con más de 100 mil habitantes que producen 1,4 kg de residuos por día, más los depósitos de desechos de obra de la construccion, más los Lodos Residuales de OSE, amerita, una solución seria y definitiva y además considerar que ineludiblemente esto va a seguir aumentando y por tanto las medidas deben ser pensadas a largo plazo, atendiendo al requerimiento futuro.
Debemos Levantar la Mirada; así nos exhorta Cecilia Eguiluz nuestra candidata a la diputación y Líder; asumir la gravedad de la situación y la ausencia de medidas que podrían disminuir los efectos indeseables sobre el Ambiente, que la actual Gestion de residuos sólidos urbanos y de los lodos de OSE, lleva a cabo.
Las herramientas legales existen y son claras; el decreto 182/13, que determina la gestión de los residuos para los distintos generadores, establece -”“Las alternativas de tratamiento y disposición final se considerarán como opciones de última instancia, minimizando los efectos ambientales que de ellas puedan derivarse.”, esto vale tanto para los residuos urbanos como para los lodos residuales.
Del mismo modo el decreto de Prevención de la Contaminación Ambiental mediante el control de las Aguas, decreto 253/79, establece en su artículo 3º las categorías de los cursos y cuerpos de agua en cuatro clases, de su lectura es fácil determinar que el Arroyo San Antonio se encuentra en la CLASE 1: ”aguas destinadas o que pueden ser destinadas al abastecimiento de agua potable a las poblaciones con tratamiento convencional”.
Del mismo modo en su artículo 8º -” en los cursos de CLASE 1, no se permite lanzamiento de efluentes sin la previa autorización de OSE… dando cuenta al Ministerio de Ambiente”- es de público conocimiento que los lixiviados del vertedero municipal van hacia la cañada que da origen al Aº San Antonio.
En referencia a esto el artículo 12º establece:en todos los casos no se admitira vertimento cuando; y en el inciso d) dice: sean residuos provenientes de la depuración de líquidos residuales cuya disposición final debera ser estudiada en los proyectos respectivos de manera que no cause perjuicio.
Por tanto es imperioso encarar de forma seria todo lo que significa el Impacto ecoambiental que provoca el vertedero Municipal agravado por la disposición transitoria de los Lodos Residuales de la Planta de OSE.
Continuaremos con más aportes sobre este gran tema…