Columna El Pueblo 29/5/23
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Por el Dr. Vet. Gustavo Blanco
Para Diario El Pueblo de Salto
Lunes 29 de mayo de 2023.

Nos hemos ocupado hasta aquí en presentar los elementos relevantes en la gestión de los lodos residuales y su relación con el Vertedero Municipal, y la condición de potencialmente nocivos para el ambiente y la salud.

En tal sentido, existen distintos escenarios desde donde partir para mejorar la situación. Por un lado el Impacto Ambiental, que generan los residuos sólidos urbanos no clasificados vertidos a cielo abierto, acrecentado por los lodos residuales.

Otro escenario lo presenta la gestión en Vertedero, que “per-se”, es compleja; y que está resultando insuficiente para evitar procesos de degradación que dan lugar a incendios, lixiviaciones y desprendimiento de gases y olores, cuyos riesgos ya hemos mencionado. Un tercer aspecto, es el compromiso de la calidad del agua del Arroyo San Antonio. Hemos consultado al laboratorio de Udelar, y hemos podido saber que existe un convenio en el transcurso del cual se han realizado muestras de las aguas del Arroyo. Pero debido a que no han establecido la fecha de publicación, no hemos podido acceder a los resultados.

El decreto 253/79, regula los cauces de agua y los clasifica de acuerdo a la presencia de elementos minerales, orgánicos y microorganismos. Estamos inclinados seriamente a suponer que la situación de estas aguas es de media a elevada contaminación.

Hay además un Riesgo que trasciende fronteras; para un país que basa buena parte de su economía en colocar materias primas y subproductos en el exterior, mantener una imagen de Natural y respeto al Ambiente; es prioritario para acceder a mercados muy rígidos en estos aspectos.

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Los recursos hídricos contaminados, que se utilizan como abrevaderos para animales, riego de hortalizas, frutas y de pasturas que consumen los animales que son faenados para consumo y exportación, resultan en una seria transgresión a los compromisos adquiridos por el país.

La enorme presión internacional por los mercados, con medidas arancelarias encubiertas bajo aspectos ambientales, sanitarios, etc,, generan sanciones, difíciles de revertir. ¿No es acaso mejor, prevenir situaciones que nos expongan a sanciones?

Más importante aún, el Artículo 47 de nuestra Constitución Nacional manifiesta claramente en el Capítulo 1 inciso a) el ordenamiento del territorio, conservación y protección del Medio Ambiente y la restauración de la naturaleza.

Y en el inciso b) la gestión sustentable, solidaria con las generaciones futuras,de los recursos hídricos y la preservación del ciclo hidrológico que constituyen asuntos de interés general. Los usuarios y la sociedad civil, participarán en todas las instancias de planificación, gestión y control de recursos hídricos; estableciéndose las cuencas hidrográficas como unidades básicas.

Es incuestionable que se requieren recursos para llevar adelante los procesos que modifiquen la situación actual del Vertedero y las gestiones que allí se realizan, pero no se puede seguir demorando la toma de medidas correctivas, caso contrario estaremos poniendo en riesgo, no sólo salud y ambiente; sino aspectos que hacen a la economía nacional y a la imagen país; a la postrer inmensamente mas costosos.

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